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ORDEN de 24 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve el Programa Leer Juntos en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2014-15.

Publicado el 19/12/2014 (Nº 248)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 28 de abril de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convoca el Programa Leer Juntos en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2014-2015 ("Boletín Oficial de Aragón", número 88, de 8 de mayo de 2014).

Mediante Resolución Provisional de 6 de noviembre de 2014, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se hizo pública la relación de los grupos admitidos y los denegados.

Transcurrido el plazo de presentación de alegaciones, la comisión de valoración ha examinado las reclamaciones presentadas de acuerdo con lo establecido en el apartado quinto de la orden de convocatoria.

De conformidad con lo establecido en el apartado sexto de la orden de convocatoria, a propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Autorizar todas las solicitudes presentadas que cumplen los requisitos de la convocatoria con los grupos de lectura que se relacionan en el anexo I de la presente resolución para su incorporación al Programa de Leer Juntos durante el curso 2014-2015.

Segundo.- Denegar las solicitudes que se relacionan en el anexo II de la presente orden por:

a) Presentar la solicitud fuera del plazo previsto en el apartado cuarto.3 de la convocatoria.

b) No cumplir el apartado cuarto.1 de la convocatoria: el centro solo ha realizado la solicitud electrónicamente.

Tercero.- Esta orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Esta orden pone fin a la vía administrativa. Los interesados podrán interponer en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, conforme a lo establecido en los artículos, 10, 14, y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo, potestativamente, podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a esta orden mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 24 de noviembre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad,

Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ